TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA ESTABLECE MEDIDAS PREVENTIVAS ANTE EL COVID-19
El
Tribunal Electoral del Estado de Puebla, a fin de establecer medidas
preventivas para continuar con las actividades, manteniendo la seguridad y
salud de los trabajadores, representaciones partidistas y público en general,
ante la amenaza que supone el coronavirus (Covid-19), informa el ACUERDO
GENERAL 01/2020:
Las actividades jurisdiccionales y administrativas se realizarán con el
personal mínimo e indispensable, mediante la implementación de guardias
presenciales, observando en todo momento, las medidas ordenadas por las
autoridades federales y estatales, para prevenir una mayor propagación del
virus Covid-19. La contingencia durará hasta en tanto las autoridades federales
y estatales indiquen que ha concluido el periodo de “aislamiento preventivo”.
Asimismo, con el objetivo de contribuir a la no propagación del virus y
guardar sana distancia entre las personas, se suspenden del 17 de marzo al 31
de marzo del presente año, las sesiones públicas, salvo las que por su urgencia
y/o vencimiento de término tengan que llevarse a cabo necesariamente, por lo
que se restringe el acceso al público en general a las mismas.
Para garantizar que las partes en los medios de impugnación y la población
en general conozcan detalles de los proyectos de resolución que las
Magistraturas pongan a consideración del Pleno, en su caso, el debate que se
suscite, el sentido de las sentencias y las sesiones se transmitirán en tiempo
real en la plataforma digital Facebook con que cuenta el Tribunal y en su
página institucional www.teep.org.mx así como la emisión de
comunicados.
Se suspenden actos públicos de carácter académico, foros, congresos o
convenciones públicas y cualquier otro que implique la concentración de
personas en la que participe u organice el Tribunal; se suspenden las
audiencias de alegatos que soliciten las partes en los procesos
jurisdiccionales; en el entendido de que podrán presentar por escrito los
argumentos que estimen pertinentes para la resolución de los medios de
impugnación.
Para la consulta de expedientes, las personas autorizadas deberán
solicitarlo en el área de recepción del Tribunal, precisando los datos de
identificación del expediente. Verificada la calidad de parte autorizada,
personal jurisdiccional pondrá a su disposición el expediente para que lo
revise en el área que se destine para tal efecto.
Se establecen las medidas diarias de prevención tanto al personal que acuda
a guardias presenciales como a los visitantes dentro del inmueble: Una vez que
los trabajadores, actores, autoridades responsables y personal de prestadores
de servicios externos permanentes y/o temporales (vigilancia y limpieza),
público en general, hayan ingresado a las instalaciones del Tribunal Electoral
del Estado de Puebla, éstos deberán adoptar las medidas de prevención y sanidad
recomendados.
Los medios de impugnación que ya se encuentren en instrucción de este
organismo jurisdiccional y cuyas partes hayan señalado correo electrónico o
números telefónicos, serán utilizados para poder realizar las notificaciones
correspondientes y las demás notificaciones se harán mediante los estrados
electrónicos mismos que se encuentran en la página web www.teep.gob.mx
Se adoptará la modalidad de “oficina en casa”, motivo por el cual se dará
aviso al personal respecto a la modalidad de labores.
A los promoventes de los expedientes en substanciación que no hayan
señalado correo electrónico, que asi lo deseen, proporcionen una
dirección electrónica para que por ese conducto se les puedan realizar las
notificaciones, para tal efecto lo harán por escrito debidamente firmado y
escaneado, el cual deberá ser enviado a la brevedad posible a los correos
institucionales del actuario o el oficial de partes a las siguientes
direcciones: actuario.sga@teep.org.mx y oficialdepartes-sga@teep.org. mx,
para habilitar la base de datos respectiva. Con ello, se le informa que al
autorizar su correo electrónico, los plazos comenzarán a correr en la forma y
términos de la legislación aplicable. En razón de lo anterior los acuerdos y
resoluciones a notificar, deberán tener la especificación de que deban ser
informados por este medio.
El Pleno del Tribunal Electoral del Estadon de Puebla resolverá cualquier
caso no previsto relacionada con la aplicación de los presentes lineamientos.
El Acuerdo General 01/2020 fue aprobado en sesión privada de diecisiete de
marzo de dos mil veinte y entrará en vigor a partir de su publicación en los
estrados del Tribunal Electoral del Estado.
Las medidas establecidas en este Acuerdo inician a partir de su publicación
y permanecerán vigentes hasta en tanto se emitan otras disposiciones por las
autoridades de salud, o el Pleno de este Tribunal Electoral.
Así lo acordaron por unanimidad de votos la Magistrada y los Magistrados
que integran el Tribunal Electoral del Estado de Puebla, ante el Secretario
General de Acuerdos que autoriza y da fe.
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